Es muy habitual que cuando vamos a hipotecarnos por la compra de un inmueble, el mismo banco nos ofrece un seguro de vida para bonificar la hipoteca y que así quede un interés más atractivo.
No existe ninguna ley que determine que debemos contratar el seguro de vida de nuestra hipoteca en la entidad bancaria en la que formalizaremos el préstamo. El banco, en virtud de la ley hipotecaria, puede exigirnos que contratemos un seguro que cubra el capital pendiente del préstamo. Pero el cliente siempre es el que elige con quién suscribe la póliza.
Si hacemos la comparativa de precios de lo que nos ahorramos de hipoteca con el seguro del banco o si de lo contrario contratamos un seguro aparte, en la mayoría de los casos sale mucho más rentable la segunda opción, es decir una propuesta de los agentes y corredores.
La primera diferencia que notaremos entre la propuesta del banco y la del mediador de seguros es, según un reciente estudio de INESE y Global Actuarial, el precio. A igualdad de condiciones, la comparación entre los precios ofrecidos por 18 aseguradoras y 7 bancos es que el seguro de vida es hasta un 80% más caro en el caso de los bancos que si la contratamos con una aseguradora a través de un agente o corredor.
Si ya estás hipotecado debes saber que en cualquier momento puedes cambiar el vencimiento, eso si, lo tienes que comunicar a la entidad bancaria 30 días antes del vencimiento de la póliza.
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